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Mostrando las entradas etiquetadas como Cita jurídico-doctrinal

El mandamiento de la Caridad del Jueves Santo

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  ¿Por qué triunfa el mal? Y en concreto ¿Por qué Dios permite el mal? La pregunta y la respuesta la encontramos en nuestra doctrina recogida en el Catecismo de la Iglesia Católica. En esta ocasión citaré el librito Compendio, punto 58. La fe nos da la certeza de que Dios no permitiría el mal si no hiciera salir el bien del mal mismo. Esto Dios lo ha realizado ya admirablemente con ocasión de la muerte y la resurrección de Cristo: en efecto, del mayor mal moral, la muerte de su Hijo, Dios ha sacado el mayor de los bienes, la Glorificación de Cristo y nuestra redención. Vemos numerosísimos casos de pecados muy graves concatenados cometidos por personas que construyen estructuras de pecados . Todos ellos se hacen vehementes, se ven a la vista. Cuando nos relatan tramas de droga, de tráfico de niños, de blanqueo de dinero, de mordidas o comisiones ilegales y fraudulentas, sus autores gastan hasta la saciedad en vehículos, coches, helicópteros, mansiones, joyas. Todo ese mal es ve...

Efectos civiles de la nulidad eclesiástica

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Escribía en otro post del blog un tema relativo a la nulidad matrimonial eclesiástica, procedimiento que en este papado de Francisco se ha agilizado notablemente: La resolución final de nulidad eclesiástica no tenía efectos civiles automáticos, a diferencia del enlace matrimonial. Si automáticos podemos entender que no es necesario hacer ninguna gestión, ahora gracias a una canonista que colabora en este blog, quisiera precisar la información que dije, pues de acuerdo con el Código Civil Español la situación es la siguiente: Artículo 80 del Código Civil Español (texto consolidado) Las resoluciones dictadas por los Tribunales eclesiásticos sobre nulidad de matrimonio canónico o las decisiones pontificias sobre matrimonio rato y no consumado tendrán eficacia en el orden civil, a solicitud de cualquiera de las partes , si se declaran ajustados al Derecho del Estado en resolución dictada por el Juez civil competente conforme a las condiciones a las que se refiere el artículo 954 de ...

Asuntos a conocer por parte de los novios: jurídicos, económicos y sanitarios

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  Superado el albor del texto de SS el Papa Francisco AMORIS LAETITIA, tal como hemos ido publicando en este blog, la Conferencia Episcopal Española editó un manual de trabajo dirigido a los jóvenes para que vivan un noviazgo feliz, con el fin de entrar en la etapa matrimonial con pleno conocimiento de lo que van hacer, así como el itinerario matrimonial propiamente dicho en la iglesia del barrio o de la zona donde se vive. Pero la Iglesia Católica no entra en los temas temporales, es decir, no imparte formación en temas que no sean evangélicos. No es su obligación. En ese sentido, los novios también han de descubrir otros temas importantes, los económicos, jurídicos y sanitarios. En España, con el impacto de la Ley de Género tan destructiva para las personas individualmente como para las parejas, se ha de conocer bien. De momento está vigente. Pero siendo objetivamente la mujer tan mala como el hombre, en sus diferentes facetas, con esta ley se castiga al hombre con más insist...

El derecho a la Guerra según el Catecismo de la Iglesia Católica

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La conducta de un cristiano católico ante las amenazas de guerra y la permisión del uso de la fuerza militar, está definida y orientada en el Catecismo de la Iglesia Universal, y es un referente para todos. No todo está permitido ni todo está justificado. Es por ello que los ciudadanos además de conocer la conducción de estos temas por parte de nuestros gobernantes tanto los del propio país como de las decisiones de la Unión Europea, deberíamos profundizar en la moral de nuestra conducta ante estas circunstancias. Ucrania es un estado libre y mayoritariamente cristiano, católico y ortodoxo. Y hace muchísimos años que ha sido fruto del escarnio de sus vecinos rusos. Su gran riqueza natural es el cereal y su costa al Mar Negro, es decir, tiene salida al Mediterráneo. No obstante, para mi en este momento es el bienestar de las familias. El zumbido de las sirenas previas a los ataques aéreos desestabiliza el ánimo y las piernas. Y solo esta mañana Rusia ha atacado, de forma especial , ...

Los contrayentes a examen

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  En estas lindes de estudio, escucha y escritura sobre temas matrimoniales, me vino a la cabeza un comentario que me hicieron al respecto de que en la formación que se da en los cursillos matrimoniales, la Iglesia Católica, que tanto exige para proceder a la disolución del vínculo cuando se le formula la nulidad matrimonial, no se para previamente a requerir o investigar la conveniencia o no del enlace matrimonial. Realmente es compleja la respuesta, pues la Iglesia es Madre y decide al amparo del Espíritu Santo y con las normas establecidas en su seno. Somos libres para casarnos, amarnos y entregarnos. Sin embargo, el camino matrimonial es tortuoso, o como dicen los rusos al casarse ¡Gorka! es decir “Montaña” , la que hay que subir a lo largo del matrimonio, con muchas caídas por supuesto. Vamos a iniciar una respuesta. La Iglesia Católica en su Código de Derecho Canónico, promulgado por la autoridad de san Juan Pablo II, Papa, dado en Roma, el día 25 de enero de 1983, en lo...

La venganza en la desheredación de los hijos

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  Parece que se trate de una novedad normativa el hecho de desheredar a los hijos e hijas por las razones que puedan alegar los que otorguen testamento. Esto, en sus diversas formas jurídicas, tiene historia a lo largo de los tiempos. Sin embargo, ahora, se escribe mucho sobre este asunto por los efectos de la pandemia que se han producido en algunas personas mayores que han sobrevivido a ella, sin haber sido atendidos bien, presuntamente, por los hijos o las hijas. El Código Civil español establece que los hijos e hijas que no reciban a la muerte de sus padres, nada expresamente, tienen derecho a una parte pequeña que conocemos como Legítima , por ser Herederos forzosos , de acuerdo con el artículo 807. Y ahí es donde quieren incidir esos padres que quieren desheredar a sus hijos. Es evidente que en el testamento que han de realizar, por una parte, han de manifestar no dejarles en herencia ningún bien de ningún tipo y, por otra, desheredarlos de la legítima. Ese testamento nue...

La nulidad matrimonial canónica

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    Mis dedos se han alejado del teclado por unas semanas. La frialdad a la hora de ponerme a escribir ha sido como la epidemia de gripes, constipados y catarros que estamos viviendo. Cierta música de película de ambiente oriental, de animación con osos pandas, tortugas y otros animalitos, ha dado en la nota que me ha despertado después de tantos estornudos, dolores de cabeza, toses, mucosidades, y diversos estados de ánimo. Por fin, hoy, querido lector, estoy de nuevo en activo con este tecleo que no molesta y que acompaña al que se pone ante una pantalla. Y como en cualquier familia, también en la mía se ha hablado, en estos días entrañables de la Navidad, de divorcio y nulidades matrimoniales. Parece que la activación de los procesos canónicos de nulidad, resolviendo los asuntos con más rapidez y diligencia, hace posible que las parejas rotas cuyos miembros viven con otras personas diferentes a su cónyuge inicial, encuentren en este proceso una solución a su sit...

El consentimiento al momento de casarse

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El dar el SI el día de la boda tiene una transcendencia total en nuestra vida. Es el momento de expresar un consentimiento sobre la entrega al otro, marido o mujer, según el caso. Es pues un acto de libertad personal que crea un vínculo indisoluble entre el hombre y la mujer. Y parece que esto solo sea para los matrimonios religiosos. Pues no. La entrega tiene también un valor sagrado para los matrimonios celebrados civilmente, pues antropológicamente tiene los mismos elementos. Pero ocurre que ese acto de libertad puede estar viciado, y si es así el consentimiento matrimonial estuvo viciado, y el matrimonio es nulo. En este caso, judicialmente se propone al juez que dirima si existió o no nulidad al momento de los esponsales. En tal caso, si se declara la nulidad, el juez declara que no hubo matrimonio por vicio de consentimiento; por ejemplo, si uno de los dos al momento de casarse, ya estaba casado. Es importante esta cuestión porque, por ir deprisa o hacer las cosas sin...

Más medios para casarse

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En el contexto de las modificaciones de la Ley de la jurisdicción voluntaria, los notarios y los letrados de la Administración de Justicia (anteriormente se les nombraba secretarios judiciales ), pueden, des de su entrada en vigor, casar legalmente. Con ello se ampliaron las posibilidades de casarse acortando los términos. La regulación de esta formalidad necesaria se establece en la Disposición transitoria cuarta de los Expedientes de adopción y matrimoniales de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, publicada en el BOE núm. 158, de 03/07/2015, que entró en vigor el 23/07/2015. El texto establece lo siguiente: “Resuelto favorablemente el expediente matrimonial por el Encargado del Registro Civil, el matrimonio se podrá celebrar, a elección de los contrayentes, ante: 1.º El Juez Encargado del Registro Civil y los Jueces de Paz por delegación de aquél. 2.° El Alcalde del municipio donde se celebre el matrimonio o concejal en quien éste delegue. ...

Separación de bienes

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La romanización de los territorios de la Europa mediterránea hizo posible que el derecho romano se enraizara de tal manera en esos lugares que se ha consolidado a lo largo de muchos siglos, con las variedades propias de cada época y de cada país, pero con unas raíces comunes. En el llamado contrato matrimonial también. En ese sentido, el régimen económico matrimonial tiene ciertas similitudes por ejemplo entre Francia y España, y en el derecho civil catalán. En España y desde hace mucho tiempo rige el régimen económico matrimonial de gananciales, es decir, a partir del momento del matrimonio los bienes pasan a ser en común de los dos cónyuges. Sin embargo, en el derecho civil de Catalunya, el que rige es del de separación de bienes. Esto quiere decir que, ambos casos, si se desea lo contrario, hay que establecer capitulaciones matrimoniales. Y esto es lo que hicieron Napoleón I y Josefina de Beauharnais. Así nos han informado los medios de comunicación esta semana: El artículo p...

El Matrimonio en Europa

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Recientemente el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha dictado una sentencia en contra de la petición de un ciudadano de la Unión Europea , perteneciente a Finlandia, relativo a su matrimonio. Por lo que hemos leído en las noticias que se publicaron, especialmente  en Infocatolica   se trataba de la acusación de un hombre al estado finlandés que quería que su país le reconociera el cambio de sexo, petición que se le había denegado por estar casado válidamente con una mujer.  Las argumentaciones jurídicas tenían origen en que en Finlandia no están reconocidas las uniones jurídicas entre homosexuales, y el demandante pedía el amparo del Tribunal de los Derechos Humanos de Estrasburgo. ¿Y qué dice el Convenio Europeo de Derechos Humanos para haberle denegado dicha petición? En su artículo 12, titulado Derecho a contraer matrimonio establece lo siguiente: A partir de la edad núbil, el hombre y la mujer tienen derecho a casarse y a fundar una f...

Robar al marido invalido

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Es una desgracia padecer un grave accidente de tráfico, quedarte en estado de incapacidad física de gran invalidez, dependiendo de terceras personas para sobrevivir, y que la esposa, que no sufrió daños, te abandone. Realmente superar tantas contradicciones parece imposible, porque cuando sabemos o vivimos estas experiencias quisiéramos salir de ellas como si estuviéramos en medio de una pesadilla. A veces uno sólo piensa en el que ha sufrido las heridas más graves; otros, quizá, disculparán la actitud de la esposa, que no puede soportar en qué estado ha quedado su marido, pues realmente es muy difícil seguir adelante dándole amor y cuidados. ¿Qué hacer? podemos preguntarnos. Y al límite de la desesperación, ocurrirnos cualquier cosa, pues no sólo puede desesperar el que ha sufrido las heridas, sino el que intenta curarlas. Sin embargo, lo que resulta impresionante es cómo el corazón humano puede llegar a ser tan cruel como lo demuestra el relato de lo que hemos leído en la sente...

El derecho de los abuelos

Hace unos meses, el Tribunal Supremo español dictó una sentencia  por la que determinaba el derecho de visita de unos abuelos a sus dos nietos. Llegó a mis manos por razones de trabajo. No era la primera ni será la última de las sentencias que este tribunal dicte con el contenido de una materia tal delicada y sensible como ésta. Y yo me pregunto ¿Cómo es posible que en el seno de algunas familias no sea posible el diálogo y sea necesario que el alto tribunal decida que unos abuelos puedan ver a sus nietos? La madre de los dos niños recurrió hasta que perdió su reclamación sin posibilidad de recurrir más arriba. La sala de lo civil del Tribunal Supremo, en Madrid, a la vista de lo expuesto, la normativa y la debatida doctrina jurisprudencial,  decidió, finalmente,   a favor de los abuelos un régimen de visitas repartido a lo largo de todo el año. Es muy penoso que los hijos o las hijas, los yernos o las nueras, no valoren ese amor de los abuelos por sus nietos, y que ...

Justicia matrimonial

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Los legisladores cuando redactan normativas del rango que sean, desde un decreto a una ley, en cualquiera de sus formatos y peculiaridades, impulsan el programa político que se desarrolla en ese momento, previo estudio y profundización del asunto a regular. A continuación, en el seno de los gobiernos y las asambleas parlamentarias aquel primer texto se modifica ampliamente, siendo el texto definitivo, el que se publica finalmente en los boletines oficiales para que entre en vigor, muy lejano del primero. En cualquier caso las normativas pertenecen al momento en que se dictan y son eficaces, con más o menos ganancia para el futuro. Por ello, no nos ha de extrañar que los códigos civiles, tanto de España como el de los derechos forales propios de algunas comunidades como Catalunya, resulten sorprendentes y llamativos en relación a temas tan próximos para las personas como lo son la regulación de los derechos y obligaciones, y de las cosas del # Matrimonio y la familia. Pues lo que se p...

Unidos por una sola esperanza

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Se dice que Tertuliano (siglos II-III) fue uno de los primeros escritores cristianos, además de ser muy  prolífico. Entre muchos temas escribió sobre el matrimonio, la bigamia, la viudedad y la castidad, dedicándoselos expresamente a su esposa. Aunque no fue fiel a la Iglesia toda su vida, muchas de las cosas que escribió se siguen estudiando y recordando todavía.  Así, sobre el Matrimonio se recoge una cita bellísima en el Catecismo de la Iglesia Católica , que a su vez es una cita de la Exhortación Apostólica “Familiaris Consortio” del Beato Juan Pablo II: * "¿De dónde voy a sacar la fuerza para describir de manera satisfactoria la dicha del matrimonio que celebra la Iglesia, que confirma la ofrenda, que sella la bendición, que los ángeles proclaman, y el Padre celestial ratifica? [...] .¡Qué matrimonio el de dos cristianos, unidos por una sola esperanza, un solo deseo, una sola disciplina, el mismo servicio! Los dos hijos de un mismo Padre, servidores de un mismo...

El positivismo ateo

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El   ordenamiento jurídico positivo, es decir aquel conjunto de normas jurídicas creadas en las asambleas parlamentarias o emanadas de los propios gobiernos, se aleja estrepitosamente de tener en cuenta el valor de la naturaleza humana y regula las relaciones humanas, económicas, sociales, etc. al margen de la moral basada en el origen del ser humano como obra y criatura de Dios. Por ello, confrontamos las normas jurídicas relativas al Matrimonio frente a la doctrina de la Iglesia Católica , recogida básicamente en el Catecismo, en su compendio y en el YOUCAT, para observar con la razón y la inteligencia las diferencias abismales que existen, a base de la imposición creciente y constante del relativismo ateo en todas las relaciones humanas. Todas esas leyes destructivas ya están en vigor, y como tales ya no generan noticia ni controversia aparente, sin embargo hemos de recordarlas, pues van haciendo mella, daño, en la sociedad en la que vivimos.   No sorprende pues, que a...

El Matrimonio une a los cristianos

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El Matrimonio Mixto, según los cánones de la Iglesia católica, no se refiere al sexo de los cónyuges, o a otra característica meramente humana, se refiere a la religión que profesa cada uno de los futuros contrayentes. En efecto, el matrimonio mixto es aquel que podrá celebrarse entre un hombre y una mujer, en el que uno de ellos es católico, y el otro un bautizado no católico. Cuando se dan estas circunstancias, para que el matrimonio se configure válidamente, sin ningún defecto inicial de forma, hemos de conocer, antes de seguir adelante con el proyecto de vida matrimonial, lo que está dispuesto en el Catecismo de la Iglesia Católica.   El matrimonio mixto está regulado en los artículos 1633 al 1637 en el Catecismo de la Iglesia Católica ; en el Compendio en su artículo 345; y en el YOUCAT en el artículo 267, el cual dice lo siguiente: “¿Qué se hace cuando un católico quiere casarse con un cristiano no católico? En este caso, para la celebración del matrimonio hay...

Cita jurídica matrimonial 12

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Sabemos que las bodas católicas fuera de España, normalmente tienen una doble celebración, los novios primero acuden al ayuntamiento de su ciudad y después a la iglesia que hayan elegido para el enlace, de tal manera que la celebración puede durar, a veces, varios días. Sin embargo esto no ocurre en España. Los novios que desean contraer matrimonio en la iglesia y por la iglesia, solo lo celebran allí, no obstante esos matrimonios tienen los mismos efectos civiles que los matrimonios que solo se hayan celebrado civilmente. Esto es así porque la Santa Sede estableció un Concordato con España en el quedó estipulado de esta manera. El concordato más reciente es de 3 de enero de 1979, aunque ha habido otros anteriormente. Se llama Conventiones Inter Apostolicam Sedem Et Nationem Hispaniam   y contiene varios acuerdos, uno de ellos el de “asuntos jurídicos” el cual en su artículo VI regula esa posibilidad. Así que nuestras bodas católicas tienen esta singularidad jur...

Cita Doctrinal matrimonial 12

Vivimos en un mundo material, algo normal que palpamos, por ello los cristianos materializamos la vida espiritual. Le atribuimos materia a los sacramentos que nos infunden la gracia santificante; todos los sacramentos están vinculados a ella, por ejemplo el agua al bautismo y el aceite a la confirmación. Pero ¿ qué ocurre con el sacramento del matrimonio? La materia son los propios cuerpos del marido y de la mujer. En el matrimonio cristiano los esposos, los cónyuges, se comprometen ante Dios y delante de testigos. No es pues baladí que la fusión de los cuerpos en una alianza, en una sola carne, abierta a la vida, se estime como un altar sagrado propuesto para el amor de Dios. El consentimiento por el que los esposos se dan y se reciben mutuamente es sellado por el mismo Dios. De su alianza “nace una institución estable por ordenación divina, también ante la sociedad”. La alianza de los esposos está integrada en la alianza de Dios con los hombres: “el auténtico amor conyugal ...