La venganza en la desheredación de los hijos

Parece que se trate de una novedad normativa el hecho de desheredar a los hijos e hijas por las razones que puedan alegar los que otorguen testamento. Esto, en sus diversas formas jurídicas, tiene historia a lo largo de los tiempos. Sin embargo, ahora, se escribe mucho sobre este asunto por los efectos de la pandemia que se han producido en algunas personas mayores que han sobrevivido a ella, sin haber sido atendidos bien, presuntamente, por los hijos o las hijas. El Código Civil español establece que los hijos e hijas que no reciban a la muerte de sus padres, nada expresamente, tienen derecho a una parte pequeña que conocemos como Legítima , por ser Herederos forzosos , de acuerdo con el artículo 807. Y ahí es donde quieren incidir esos padres que quieren desheredar a sus hijos. Es evidente que en el testamento que han de realizar, por una parte, han de manifestar no dejarles en herencia ningún bien de ningún tipo y, por otra, desheredarlos de la legítima. Ese testamento nuevo,