Cita jurídica 1

"Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo" .

Artículo 68 del Capítulo V del Libro I, De las Personas, Codigo Civil Español, vigente.

En el momento de la publicación de este post, no hace ni 24 horas que en el norte de Venezuela se ha producido un doble terremoto de tal mag...